8/21/2009

Exposición “Nacional Shorthorn” Reglamento

81ª Exposición Regional de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria y Comercio

A realizarse en Sociedad Rural de Bolívar, Avda. Mariano Unzue 60, Bolívar, Provincia de Buenos Aires, Argentina. Teléfono 02314-428679/ 425467 - Fax. 02314-427709 -larural@speedy.com.ar - www.ruralbolivar.com.ar

PROGRAMA

INGRESO DE REPRODUCTORES.

El ingreso de los reproductores se permitirá hasta el día jueves 10 de Septiembre a las 12 horas.

ADMISION Y MEDIDAS

La admisión se realizara a medida que ingresen.

CLASIFICACION

El día viernes 11 de Septiembre a partir de las 9 hs..

VENTA

El día sábado 12 a partir de las 9 hs. se realizará la VENTA A MARTILLO CORRIDO de reproductores machos y hembras hasta terminar, con el siguiente orden: Aberdeen Angus, Shorthorn y Hereford.

SALIDA

Las salidas de reproductores se realizarán luego de la venta salvo los animales individuales premiados que deberán desfilar el domingo en la inauguración.

PROGRAMA Y REGLAMENTO

Art. 1. La Exposición Nacional Shorthorn será organizada por la Asociación Argentina Criadores de Shorthorn.
Art. 2. Pueden ser presentados en esta Exposición reproductores de pedigree y puro controlados. Los que deberán participar como individual o como lote.
Art. 3. Los expositores al efectuar la inscripción de sus productos puros de pedigree no omitirán hacer constar los requerimientos de la planilla de inscripción.
En los puros controlados harán constar en lo posible el nombre y número de Registro Genealógico del reproductor padre.
Art. 4. Los pedidos de inscripción se completarán por el expositor y se enviarán a la Asociación, los mismos se realizarán en formularios impresos por la Asociación con anterioridad a la fecha establecida como cierre de inscripción. No se aceptarán pedidos de local que lleguen fuera de los plazos establecidos, sin excepciones. Impedimentos. No se dará curso a los pedidos de local presentados por expositores que tengan deudas de cualquier índole u otras cuestiones pendientes con la Asociación.
Art. 5. No se aceptarán pedidos de local de productos de pedigree, inscriptos para venta, si no vienen acompañados de las Solicitudes de Transferencia oficiales de la Sociedad Rural Argentina. Las transferencias de los animales no vendidos serán devueltas a los expositores.
Tales solicitudes de transferencia deberán venir perfectamente completadas, con los datos de los reproductores inscriptos y firmadas por el propietario o persona autorizada por éste ante la Sociedad Rural Argentina.
Para los inscriptos a premio y a No Venta se deberá acompañar fotocopia de inscripción en los registros de la Sociedad Rural Argentina.
Las solicitudes de transferencia de reproductores hembras Puro Controlado serán extendidas por la AACS con posterioridad a las ventas.
Art. 6. Los Expositores aceptarán los lugares que les asigne la Asociación para la ubicación de sus productos y respetarán toda indicación del Comisario General.
Art. 7. Para el caso en que se produzca una inscripción excesivamente numerosa para alguna Exposición, la Comisión Directiva se reserva el derecho de limitar la concurrencia efectuando un prorrateo del número de lotes o animales inscriptos.
Art. 8. Sanidad.
Los criadores que concurran con sus productos a las exposiciones Shorthorn deberán acatar estricta e inexcusablemente las disposiciones sanitarias dictadas por SENASA, que están obligados a conocer.
Art. 9. Todos los animales de pedigree concurrentes deberán estar individualizados en la forma establecida en los Registro Genealógicos de la Sociedad Rural Argentina.
El tatuaje deberá ser visible.
En caso de duda sobre la edad y tatuajes de los animales, la Comisión Directiva resolverá, previo informe del Comisario General.
En los casos de reproductores que no tengan sus tatuajes o marcas a fuego perfectamente claros y legibles, el expositor deberá, al formular el pedido de local, informar al respecto a la Asociación Argentina Criadores de Shorthorn a los fines de la intervención que corresponda. El expositor que concurriera con animales retatuados deberá presentar al Comisario del certamen la respectiva autorización de la Sociedad Rural Argentina, en cuyo defecto los animales serán descalificados.
Art. 10. El expositor se responsabiliza por el pedigrí de los reproductores declarados en la planilla de inscripción para participar de la Exposición de Nacional Shorthorn, que no hallan sido tipificados, ni analizados, bajo los dos sistemas utilizados por los Registros Genealógicos de la Sociedad Rural Argentina, a saber: 1) Tipificación Sanguínea; 2) Análisis de A.D.N..
Por lo cual, los reproductores que no dispongan de dichos análisis, el expositor será el ÚNICO responsable por cualquier problema que ocurriera con los datos por él declarados en los Registros Genealógicos de la Sociedad Rural Argentina, y no comprometiendo en ningún caso a la Sociedad Rural de Bolívar, como organizadora de la muestra, ni a la Asociación Argentina de Criadores de Shorthorn que coopera en la organización de esta Exposición Nacional.
Art. 11. Los animales que concurran a la exposición deberán estar instalados en sus locales y bajo el número que les corresponda.
Art. 12. Todo animal que no coincida con la categoría en que está inscripto, pasará a la categoría que determine el Jurado de admisión por aplicación de este reglamento.
Art. 13. Podrá inscribirse un animal reemplazante el que deberá figurar en la planilla como tal (reemplazante) con todos sus datos de individualización y deberá estar individualizado con un numero diferente al de los demás integrantes del lote. Si no pudiera concurrir algún producto anotado integrando un trío podrá ser sustituido por cualquiera de los inscriptos como reemplazante o por algún ejemplar de pedigree inscripto como individual. En caso de reemplazo el expositor deberá comunicar al Comisario General.
Art. 14. El Jurado de Admisión rechazará todo animal que sufra taras o defectos hereditarios o adquiridos de carácter grave o los que no tengan características bien definidas de la raza. También podrá rechazar los animales que por su estado de presentación no merezcan ser exhibidos y aquellos que no se encuentren dentro de las disposiciones reglamentarias. Los animales deberán exhibir un grado de mansedumbre suficiente que posibilite las tareas de control por el personal encargado de los mismos, como así también la de los Jurados. Caso contrario, no será admitido su ingreso al local de la Exposición, ó eventualmente a la pista de juzgamiento.
Los lotes incompletos no podrán participar de la Jura de Clasificación en ningún caso.
Art. 15. La Asociación no se responsabilizará de los daños que sobrevengan ya sea por muerte u otro accidente.
Art. 16. Los reproductores se subdividirán en categorías que se adjuntarán al programa y reglamento.
JURADOS
Art. 17. Los mismos serán designados por la Comisión Directiva de la Asociación Argentina Criadores de Shorthorn. También designará a sus Secretarios, uno de los cuales será nombrado a propuesta del jurado actuante.
COMISARIATO
Art. 18. La Comisión Directiva nombrará un Comisario General, autoridad superior del certamen encargada de hacer cumplir en el local de la exposición las disposiciones reglamentarias y tomar las medidas conducentes al orden general en sus diversas manifestaciones. Los expositores se comprometen a aceptar y respetar todas las disposiciones adoptadas por el Comisario General.
Art. 19. Se determinan para los ejemplares expuestos los siguientes derechos de inscripción a cargo del expositor: Puro de Pedigree individuales a palenque $ 100. c./u.. Puros Controlados ó Puro de Pedigree en lote $ 300. el lote.
VENTA
Art. 20. La venta y condiciones dependen exclusivamente de los expositores.
Art. 21. La firma Martillera será designada por la Comisión Directiva de la Asociación.
Art. 22. Saldrán a la venta con el orden de los premios, de mayor a menor; Comenzando con los individuales hasta terminar; luego los tríos, iniciando en ambos casos los machos seguidos de las hembras. Los lotes completos ó incompletos que no hayan competido saldrán a venta al final. Todo animal descalificado no podrá salir a venta.
Art. 23. Los riesgos serán por cuenta del comprador desde el momento de la subasta y una vez caído el martillo.
Art. 24. El cuidado, limpieza, mantenimiento y alimentación de los animales correrá por cuenta del expositor.
Art. 25. Siempre que se saquen de los locales asignados los animales exhibidos deberán llevar en un lugar visible el número de box que les corresponden.
Art. 26. En las categorías con inscripción numerosa se podrá disponer la subdivisión de dicha categorías en dos o más grupos, se realizará de la siguiente forma: dividiendo en dos si sobrepasa seis o más animales.
Art. 27. Los Expositores podrán promocionar su cabaña dentro del local cedido para los reproductores. Deberán llevar cartel con el nombre de la cabaña. Los mismos serán estipulados por la asociación.
Art. 28. los miembros de jurado de admisión trabajaran obligatoriamente en un ambiente reservado, sin interferencia de publico o expositores, estando facultados para revisar los animales fuera de los boxes o en el lugar que consideren apropiado, siempre manteniendo la discreción que se debe tener en estos casos para no provocar en los expositores situaciones no deseadas.
Art. 28. La Asociación Argentina Criadores de Shorthorn, se reserva el derecho de tomar las medidas que creyera convenientemente necesarias a fin de asegurar el mayor éxito de la Exposición.

Anexo I

CIRCUNSFERENCIA ESCROTAL

CAT. P.P. EDAD EN MESES C.E.MINIMA CAT. P.C.
Ternero Menor Hasta 11 Meses
Ternero Mayor 12 – 14 Meses 31 cm.
Junior 15 – 19 Meses 33 cm. Dte.Leche
Dos Años Menor 20 – 23 Meses 34 cm. Dos Dientes
Dos Años Mayor 24 – 29 Meses 35 cm. Cuatro Dientes
Senior 30 o más Meses 37 cm. Seis Dientes

CATEGORIAS

PURO de PEDIGREE

MACHOS

CAMPEONATO TERNERO MENOR

1. Cat. NACIDOS DEL 1º DE NOVIEMBRE DE 2008 AL 28 DE FEBRERO DE 2009

CAMPEONATO TERNERO MAYOR

2. Cat. NACIDOS DEL 1º DE JULIO AL 31 DE OCTUBRE DE 2008

CAMPEONATO JUNIOR

3. Cat. NACIDOS DEL 1º DE ENERO AL 30 DE JUNIO DE 2008

CAMPEONATO DOS AÑOS MENOR

4. Cat. NACIDOS DEL 1º DE SEPTIEMBRE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007

CAMPEONATO DOS AÑOS

5. Cat. NACIDOS DEL 1 DE MAYO al 31 DE AGOSTO DE 2007

CAMPEONATO SENIOR

6. Cat. NACIDOS ANTES DEL 30 DE ABRIL DE 2007

HEMBRAS

CAMPEONATO TERNERA MENOR

7. Cat. NACIDAS DEL 1º DE NOVIEMBRE DE 2008 AL 28 DE FEBRERO DE 2009

CAMPEONATO TERNERA MAYOR

8. Cat. NACIDAS DEL 1º DE JULIO AL 31 DE OCTUBRE DE 2008

CAMPEONATO VAQUILLONA MENOR

9. Cat. NACIDAS DEL 1º DE MARZO AL 30 DE JUNIO DE 2008

CAMPEONATO VAQUILLONA INTERMEDIA

10. Cat. NACIDAS DEL 1º DE NOVIEMBRE DE 2007 AL 28 DE FEBRERO DE 2008

CAMPEONATO VAQUILLONA MAYOR

11. Cat. NACIDAS DEL 1º DE MAYO AL 31 DE OCTUBRE DE 2007
Las que deberán concurrir paridas o preñadas o habiendo producido embriones viables.

CAMPEONATO VACA

12. Cat. NACIDAS ANTES DEL 30 DE ABRIL DE 2007
Las que deberán concurrir preñadas. Las que deberán concurrir con una preñes de 60 días al tacto, y/o habiendo procreado antes de los 36 meses de edad, 1 ternero natural.

CAMPEONATO VACA CON CRIA

13. Cat. NACIDAS ANTES DEL 30 DE ABRIL DE 2007
Las que deberán concurrir con cría inscripta al pie, nacidas a partir del 1º de enero de 2009 y en lactancia, tendrán como condición que su primer ternero natural, haya sido procreado antes de los 36 meses de edad.

“PUROS CONTROLADOS”

CATEGORIAS

MACHOS

1ª Cat.. DIENTES DE LECHE (hasta 18 meses).

2ª Cat. DOS DIENTES (18-22 meses).

3ª Cat. CUATRO DIENTES (24-26 meses).

HEMBRAS

4ª Cat.. DIENTES DE LECHE (hasta 18 meses).

5ª Cat. DOS DIENTES (18-22 meses), las que deberán concurrir con garantía de preñez mayor a 60 días.

6ª Cat. CUATRO DIENTES (24-26 meses) las que deberán concurrir con cría al pie o garantía de preñez mayor de 60 días.

NOTA: En cada lote se tolerará un solo animal con más o menos dientes inmediatos correspondientes a las categorías en que está anotado el lote, no pudiendo concurrir ningún animal de mas de cuatro dientes.

Ganaderia

Sitios Amigos

10/11/2011

84º Exposición de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria y Comercio

Datos para información sobre Stands para la Expo Bolívar 2012 contacto@ruralbolivar.com.ar, secretaria@ruralbolivar.com.ar, prensaruralbolivar@speedy.com.ar Tel: 02314 428679 / 425467

9/14/2010

Remate de Bovinos

82º Exposición de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria y Comercio de Bolívar

Sociedad Rural de Bolívar - 82º Exposición de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria y Comercio de Bolívar

cr

Cerró ayer la 82º Expo Rural con las ventas de los bovinos, en una mañana fria y con un comienzo demorado se vendieron los bovinos, pagandose por un Macho de Pedigree de la Raza Abeerden Angus la suma de $13.000, comprado por Sarnari y rematado por Ferias del Centro, y por una Hembra De Pedigree de Abeerden Angus se pagó la suma de $ 12.100, comprada por Signoagro S.A. y rematada por Ferias Del Centro.

9/6/2010

Ingresaron los novillos,vaquillonas y vacas para faena

82º Exposición de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria y Comercio de Bolívar

Sociedad Rural de Bolívar - 82º Exposición de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria y Comercio de Bolívar

cr

Cerca de 200 animales ingresaron al predio ferial de La Sociedad Rural, la subcomisión de ganadería trabajó durante toda la jornada para la admisión de estos animales que mañana saldrán a la venta.

9/1/2010

Vientres del Futuro

82º Exposición de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria y Comercio de Bolívar

CONCURSO Y REMATE ESPECIAL “VIENTRES DEL FUTURO” REGLAMENTACION GENERAL

9/1/2010

REGLAMENTACION GENERAL

82º Exposición de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria y Comercio de Bolívar

Reglamento General de la 82º Exposición de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria y Comercio de Bolívar

8/21/2009

Reglamento de la Asociación Argentina de AnGus

81ª Exposición Regional de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria y Comercio.

La Asociación Argentina de Angus podrá realizar ó participar en distintos tipos de exposiciones, las que recibirán la denominación de Organizadas, Patrocinadas y Auspiciadas, y se llevarán a cabo de acuerdo al calendario que elaborará anualmente su Comisión Directiva.

8/21/2009

Reglamento de la ASOCIACION ARGENTINA CRIADORES DE HEREFORD

81ª Exposición Regional de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria y Comercio.

La Comisión Directiva (CD) de la ASOCIACION ARGENTINA CRIADORES DE HEREFORD (AACH), en virtud de lo que prevé el art. 17 del ESTATUTO SOCIAL, dicta el REGLAMENTO GENERAL PARA LAS EXPOSICIONES AUSPICIADAS HEREFORD (REGLAMENTO GENERAL).

8/21/2009

Reglamento de la Asociacion Braford Argentina (ABA),

81ª Exposición Regional de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria y Comercio.

Conforme a las disposiciones establecidas en su estatuto, y acorde con las finalidades de la institución, la Asociacion Braford Argentina (ABA), organizará y/o auspiciará exposiciones ganaderas, en las que participaran bovinos de la raza Braford, de acuerdo a las previsiones del presente Reglamento.

8/21/2009

REGLAMENTO GENERAL

81ª Exposición Regional de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria y Comercio.

IMPORTANTE :LOS REGLAMENTOS POR LOS QUE SE REGIRA LA PRESENTE EXPOSICION, SERAN LOS QUE TENGAN VIGENTES LAS RESPECTIVAS ASOCIACIONES DE CRIADORES A LA FECHA DE LA EXPOSICIÓN.

8/20/2009

REGLAMENTACION CONCURSO Y REMATE ESPECIAL “VIENTRES DEL FUTURO”

81ª Exposición Regional de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria y Comercio.

El Concurso y Remate Especial “Vientres del Futuro”, es un acontecimiento que organiza y controla en forma exclusiva la Sociedad Rural de Bolívar, y que se rige por las siguientes pautas:

ecoestadistica.com